
La carta está fechada el 2 de diciembre y dirigida a Alberto Benegas Lynch, presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de Diputados. La enviaron desde la Asociación de Generadores de Energía Eléctrica (Ageera). Allí se reitera un viejo reclamo de muchas grandes empresas –y no tan grandes– que se reavivó en medio de un contexto de dudas y bastante preocupación. Se trata de la actualización por inflación de los quebrantos impositivos en el impuesto a las Ganancias.
Es un tema técnico, muy del universo de los contadores, pero las empresas aseguran que “mete mucho ruido” y, sobre todo, desincentiva las inversiones, pero sobre todo en los que ya hicieron o anunciaron desembolsos en los últimos años, como el sector energético. Básicamente, es poder descontar en el pago del impuesto a las Ganancias las pérdidas contables actualizadas de un período determinado. Es algo que las empresas venían haciendo, aunque hay interpretaciones contrarias… del Gobierno. Los privados quieren computar la inflación en esos pagos y los funcionarios de Javier Milei, no quieren saber nada.
Ahí, en esta actualización por inflación, en sí se puede hacer o no, está el centro de una discusión multimillonaria, incluso aunque el índice de precios haya bajado fuerte. Es que pueden contarse los quebrantos de cinco períodos fiscales para atrás. O sea, los tiempos de precios galopantes del último kirchnerismo.
El Gobierno, por medio del ARCA que comanda Juan Pazo, quiere cobrar y hasta ofreció un plan de pagos para las deudas de los últimos años. Los empresarios, muchos de los cuales ya fueron intimidados, juran que no actualizar esos quebrantos puede llevar muy rápido a pagos que resulten inconstitucionales por ser confiscatorios. Prometen ir a la Justicia y citan jurisprudencia favorable de la Corte Suprema, pero temen que esas intimidaciones terminen en procesos penales. Ahí se encienden todas las alarmas, mientras contadores y tributaristas corren a diseñar planes de contingencia. Todos miran de reojo al ministro de Economía, Luis Caputo, y su equipo: sospechan de una movida netamente recaudatoria.
Las cifras son tan grandes como complicadas de calcular. Se habla de que la no actualización de esos montos redundará en pagos de Ganancias “extras” de entre USD 2.000 y 6.000 millones por año para el Estado. Son estimaciones del sector privado. Ni Economía ni ARCA quisieron hacer comentarios para esta nota.

Ageera, que tiene 46 empresas asociadas que generan el 94% de la energía eléctrica del país (varias de ellas ganaron en estos días las licitaciones para operar las hidroeléctricas del Comahue), dijo que no actualizar los quebrantos genera “distorsiones graves, llevando a tributar sobre rentas ficticias y perjudicando especialmente a empresas que realizaron inversiones en el pasado reciente y por lo tanto tienen deuda financiera”.
“Ratificar expresamente esta autonomía evitará años de litigios innecesarios, reducirá la incertidumbre jurídica, y fortalecerá un entorno fiscal previsible y razonable para promover inversiones productivas, en línea con los principios que inspiran al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI)”, detalló la misiva que firmó Gabriel Baldasarre, presidente de la entidad.
Hay una carta similar, del 25 de noviembre, que la Unión Industrial Argentina (UIA) envió al Jefe de Gabinete, Manuel Adorni. Allí, entre otras cosas, se solicita que en función de un “Nuevo contrato productivo”, la actualización de quebrantos impositivos sea parte del Presupuesto del año próximo. Eso permitiría, se detalló, “restablecer la previsibilidad jurídica, evitar cargas fiscales indebidas y fortalecer las condiciones para el desarrollo productivo y la inversión en nuestro país”. Por el contrario, “su desconocimiento genera efectos confiscatorios, particularmente para aquellas empresas que realizaron inversiones significativas o que operan con financiamiento en moneda extranjera. Esta situación afecta la competitividad, desalienta la inversión y compromete la sustentabilidad de proyectos estratégicos de largo plazo”, destacó la entidad que preside Martín Rappallini.

Compañías de varios rubros con las que habló Infobae fueron mucho menos formales al momento de mostrar su enojo. “Se quieren quedar con la nuestra y ni se mosquean. ¿No venía a hacer lo contrario?”, protestó un alto ejecutivo que pidió off the record. “Es un desgaste enorme de abogados por algo que no corresponde. El Gobierno no quiere hablar del tema, pero es nuestro capital. Yo me voy a defender en la Justicia”, dijo otro empresario.
“Con esta insólita interpretación de la Ley, pretenden que las empresas paguen Ganancias por tener deudas y pérdidas lo que atenta contra el derecho de propiedad y la Constitución. Esto genera inseguridad jurídica”, afirmaron desde una compañía energética.
“Todavía hay margen para que el mensaje sea claro: al que invierte y arriesga no se lo castiga con impuestos sobre un capital que ni siquiera logró recuperar” (Fraga)
“Arrancamos hace poco y tuvimos que endeudarnos fuerte: crédito bancario, adelantos de proveedores, todo dolarizado o actualizado. Con esa plata compramos equipos, adecuamos la planta, hicimos todos los controles que exige la Anmat. El problema es que, como no me aceptan que haya ajustado por inflación los quebrantos, en los papeles parece que hoy tengo ganancias… pero en realidad estaría pagando Ganancias sobre el capital que invertí. Entre intereses, inflación y costos regulados, el resultado real sigue siendo negativo, pero el fisco mira solo el número nominal”, le relató a este medio el dueño de un laboratorio pyme.
En el borrador del proyecto de ley de Reforma Laboral que Infobae publicó en exclusiva el jueves, se habla del tema.

En el capítulo fiscal –sí el borrador de proyecto de cambios laborales tiene una parte sobre impuestos– se detalla que “los quebrantos generados en los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2025, inclusive, se actualizarán teniendo en cuenta la variación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que suministre el Indec, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del Ministerio de Economía, operada entre el mes de cierre del ejercicio fiscal en que se originaron y el mes de cierre del ejercicio fiscal que se liquida”.
Hay varias interpretaciones sobre ese texto del borrador. Una parte de la biblioteca cree que es una medida para adelante que sí permite el ajuste. Otros expertos creen que no y que sólo se cambia el índice de medición: antes era la inflación mayorista (IPIM) y, de aprobarse el proyecto, sería la inflación general (IPC). Habrá que ver qué proyecto se envía al Congreso y qué terminan aprobando los legisladores.
El debate
La controversia, en definitiva, se centra en que el Gobierno dice que no se pueden actualizar los quebrantos por inflación y los empresarios creen que sí. Es un debate jurídico técnico, pero con una contraparte bien palpable y en forma de muchos billetes.

Según detalló este medio semanas atrás, la idea de la no actualización habría sido reflotada desde la subsecretaría de Ingresos Públicos, que comanda Claudia Balestrini, funcionaria que continúa en el cargo desde la gestión de Alberto Fernández. “Balestrini se lo ‘vendió’ a su jefe, el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, como una buena caja de ingresos, y Toto compró”, detallan en el sector.
Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, enumeró los antecedentes claves de la controversia técnica:
- Un dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos, del Ministerio de Economía, del 29 de noviembre de 2024, concluyó que no es posible la actualización por inflación, argumentando que la Ley del Impuesto a las Ganancias (Ley IG) no lo permite y que sería necesaria una reforma legislativa para autorizar dicha actualización.
- Esta interpretación se basa en la aplicación del artículo 93 de la Ley IG, que establece la suspensión de las actualizaciones salvo para ciertos casos específicos, entre los que no se incluyen los quebrantos.
- En línea con esta interpretación, ARCA lanzó un plan de facilidades de pago, mediante la Resolución General 5684/2025, que se ha ido modificando y prorrogando a lo largo de los meses.
Domínguez cree que sí debe permitirse la actualización y cita la causa “Telefónica de Argentina S.A. y otro” del 25/10/2022m que extendió la doctrina del caso “Candy” a los quebrantos impositivos, permitiendo su actualización cuando se demuestra que la imposibilidad de hacerlo es confiscatorio afectando el derecho de propiedad.
“Recordemos que el principio de no confiscatoriedad prohíbe que el tributo absorba una parte sustancial de la renta o capital”, le dijo el tributarista a este medio.
“Un quebranto de la pandemia de $10 millones a descontar ahora es tomado por el organismo fiscal como $10 millones, pero si actualizaría por inflación son unos $340 millones” (Litvin)
César Litvin, CEO en LL&A, lo puso en números. “Un quebranto de la pandemia de $10 millones a descontar ahora es tomado por el organismo fiscal como $10 millones, pero si se actualizara la cifra por inflación serían de unos $340 millones. Claramente, no es lo mismo. No reconocerlo es querer tapar el sol con las manos. En el mundo no solo no se ponen topes a los quebrantos (acá es a 5 años) sino que tienen un mecanismo de traslación hacia atrás: les devuelven pagos. Las autoridades no están midiendo bien la capacidad contributiva de las empresas”, destacó.
¿Por qué el debate se da ahora? Muchos empresarios aseguran que les empezaron a llegar intimaciones. En general, muchos les avisaron a ARCA que iban a actualizar los quebrantos, como venían haciendo en los últimos años. Luego empezaron algunas inspecciones e intimaciones. No pocos dicen que el proceso podría derivar en una denuncia penal por defraudación o “ardid impositivo”. Algunos funcionarios de Economía dicen que no se va a denunciar, pero no todos parecen estar 100% convencidos de eso. Y las dudas generaron más dudas y temores. Los contadores dicen que las empresas “aplican un proceso de racionalidad”. “Nunca hubo denuncias penales por el ajuste inflacionario”, afirmaron.
“El principio de no confiscatoriedad prohíbe que el tributo absorba una parte sustancial de la renta o capital” (Domínguez)
Diego Fraga, de Expansión Holding, aseguró que exigirles a las empresas pagar Ganancias sobre quebrantos licuados por la inflación es una mala noticia, pero no una condena definitiva. “Este Gobierno ha mostrado voluntad de cambiar reglas que dañan la producción; sería coherente que también revise este punto. Todavía hay margen para que el mensaje sea claro: al que invierte y arriesga no se lo castiga con impuestos sobre un capital que ni siquiera logró recuperar. Lo que no tiene sentido es obligar a las compañías a atravesar procesos largos, costosos y engorrosos, contratar abogados y litigar durante años solo para que se respete algo tan básico como su derecho de propiedad”, dijo.
En medio de cierto fervor financiero y de los cuestionamientos por los niveles de actividad de casi toda la economía, un nuevo round impositivo tensiona la relación entre los empresarios y el Gobierno.